renal cancer hub

Bases del concurso

 

 

Contenido

El cáncer de células renales (también denominado cáncer de riñón o adenocarcinoma renal) es el responsable de un 2-3% de todos los tumores malignos en el adulto. Es una enfermedad en la que se encuentran células malignas o cancerosas que se originan en el revestimiento de los túbulos del riñón. Existen diferentes tipos: el más frecuente es el carcinoma de células renales que representa un 80-85% de todos los tumores malignos renales.  

La historia natural del cáncer de células renales es muy variable. Aproximadamente un 30% de los pacientes se presentarán como enfermedad diseminada o metastásica en el momento del diagnóstico y un tercio de los restantes desarrollarán metástasis a lo largo de su evolución.  

Hay distintos tipos de tratamientos disponibles para los pacientes con cáncer renal: En los últimos meses y años se han aprobado nuevos fármacos por parte de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) llevando a cabo un cambio de la práctica clínica. La adopción de estos nuevos tratamientos ha supuesto grandes cambios en el escenario de tratamiento actual.  

Su manejo en la práctica clínica habitual en España puede variar entre los distintos centros de nuestro país debido a la baja incidencia de la patología, a la incorporación de varias alternativas terapéuticas nuevas en los últimos tiempos y a la posible existencia de diferencias entre los centros.  Esto junto con otros factores hace que el manejo del Cáncer renal represente un reto importante en la actualidad.  

El concurso de casos clínicos Renal Cancer Hub es una iniciativa de GRUPO GERMINAL ONCOLOGICO (en lo sucesivo denominada “Grupo Germinal”), con domicilio en Calle Velázquez nº7, 3ª planta, código postal 28001, Madrid, provista del CIF G-62321864 (en adelante, ORGANIZADOR), y de IPSEN PHARMA, S.A.U., con domicilio en Torre Realia Plaza Europa, 41-43, 7ª planta, código postal 08908, L’Hospitalet del Llobregat, provista del CIF A-20005088 (en adelante, COLABORADOR), 

 

En este concurso, se recogerán y valorarán casos clínicos presentados por oncólogos médicos y residentes de oncología médica relacionados con el diagnóstico y/o el tratamiento del cáncer renal.  

Cualquier oncólogo o residente de oncología implicado en el manejo de esta patología y que desarrolle su actividad asistencial en España podrá presentar un número ilimitado de casos clínicos a través de la página web del concurso: https://www.renalcancerhub.com.  

Los casos clínicos presentados serán valorados por un Comité Científico integrado por cuatro oncólogos médicos que otorgarán una puntuación a cada uno de ellos en base a su valoración por criterios objetivos (ver Apartado 3.7 de las presentes Bases Reguladoras).  

En función de esta puntuación, los participantes podrán obtener 3 premios (primer, segundo y tercer premio) mediante la mayor consecución de puntos según el Caso Clínico enviado.  

En los supuestos en que el/la autor/a de un Caso Clínico candidato sea más de una persona, el registro debe ser formalizado por el/la autor/a principal del Caso Clínico, quedando a la discreción de las personas autoras decidir a quién le corresponde este estatuto. El premio será otorgado a la persona que conste como autor/a principal del Caso Clínico, en el supuesto de que éste resulte ganador, en ningún caso, ni el ORGANIZADOR ni el COLABORADOR, según apartado 3º de las presentes Bases Reguladoras, serán responsables del eventual reparto del premio que acuerden el autor principal con el resto de los autores/participantes. Un mismo autor puede participar en varios Casos Clínicos. Sin embargo, solo se adjudicará un premio por autor. 

Por otra parte, con finalidad formativa, todos los Casos Clínicos aceptados por el Comité Científico, independientemente de que hayan sido premiados o no, se recogerán en una monografía que facilite su difusión. Los autores de los Casos Clínicos publicados no percibirán ningún tipo de contraprestación económica. 

 

El concurso de casos clínicos llamado Renal Cancer Hub se rige por las siguientes  

 

BASES REGULADORAS 

 

1. Metodología 

1.1. Organizador del concurso. Secretaría técnica y COLABORADOR. 

GRUPO GERMINAL, con domicilio en Calle Velázquez nº7, 3ª planta, código postal 28001, de Madrid y provista del CIF G-62321864 (en adelante, ORGANIZADOR) organiza la primera edición del concurso de casos clínicos sobre cáncer renal bajo el nombre de Renal Cancer Hub (en adelante, Concurso), que se desarrollará vía telemática a través de la página web https://www.renalcancerhub.com. IPSEN PHARMA, S.A.U., con domicilio en Torre Realia Plaza Europa, 41-43, 7ª planta, 08908, provista del CIF A-20005088 es el COLABORADOR del Concurso (en adelante, COLABORADOR).  

La secretaría técnica del Concurso Renal Cancer Hub corre a cargo de EDICIONES MAYO, S.A.U., con domicilio social en Barcelona, Calle Aribau, 185-187, 2.ª planta, 08021 (Barcelona) y CIF A-08735045 (en adelante, SECRETARÍA TÉCNICA). 

 

1.2. Temática de los casos clínicos 

Los casos clínicos objeto de valoración en el Concurso deberán estar relacionados con el manejo y tratamiento de los pacientes con cáncer renal (en adelante, Caso/s Clínico/s). 

No serán aceptados casos clínicos o posters con tratamientos fuera de indicación o que incluyan nombres de medicamentos o marcas comerciales.  

 

1.3. Participantes 

Podrá participar en el Concurso cualquier oncólogo médico o residente en oncología implicado en el manejo de pacientes con cáncer renal y que desarrolle su actividad asistencial en España. 

  • No se requiere un mínimo de años de experiencia para poder participar en el Concurso. 
  • No hay límite en el número de Casos Clínicos que puede presentar cada participante del Concurso. Sin embargo, solamente se entregará un premio por autor, independientemente que un mismo autor haya presentado varios Casos Clínicos. 
  • Cada Caso Clínico presentado podrá tener hasta 3 autores, siendo el autor principal quien debe cumplir con los criterios de participación, el responsable del contenido presentado y quien será premiado en caso de resultar seleccionado como ganador. 
  • Los participantes no recibirán ningún tipo de remuneración por el envío de Casos Clínicos al Concurso. 
  • Los participantes consienten y autorizan de forma expresa al ORGANIZADOR y al COLABORADOR a la reproducción, comunicación y distribución de los contenidos de los casos presentados a través de cualquier medio o soporte, ya sea en formato papel o digital, incluyendo su publicación en la web del Concurso.  
  • El Caso Clínico será revisado por IPSEN PHARMA con el único fin de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente, los requerimientos de farmacovigilancia y que los tratamientos incluidos se encuentren dentro de la ficha técnica y no incluyan marcas comerciales. 

 

1.4. Comité científico 

El Comité Científico estará compuesto por cuatro oncólogos médicos expertos en cáncer renal:   

  • Dr. Miguel Ángel Climent. Instituto Valenciano de Oncología, Valencia 
  • Dra. Núria Sala. Institut Català d´Oncologia, Girona  
  • Dr. Sergio Vázquez. Hospital Lucus Augusti, Lugo 
  • Dr. Francisco Zambrana. Hospital Infanta Sofía, Madrid 

La función del Comité Científico será acordar las Bases del Concurso, evaluar los Casos Clínicos asignados y elegir entre estos los casos ganadores en caso de empate. El Comité Científico se reserva el derecho a rechazar los trabajos que no cumplan con los requisitos indicados o que carezcan de la calidad científica suficiente. 

 

1.5. Metodología de los Casos Clínicos 

Los Casos Clínicos se presentarán a través de la página web del Concurso. El autor principal de cada Caso Clínico será el responsable del envío y, para ello, tendrá que registrarse como usuario cumplimentando un formulario en el que se le solicitará la siguiente información: 

  • Nombre y apellidos 
  • E-mail  
  • Check de oncología: 
    • Residente de oncología médica     
    • Adjunto de oncología médica 
  • Centro de trabajo:  
  • Código postal  
  • Población  
  • Provincia  
  • Check de comunicación de datos al COLABORADOR:
    • Otorgo mi consentimiento a Grupo Germinal para que comunique mis datos personales a IPSEN PHARMA, S.A.U. para que esta pueda remitirme comunicaciones comerciales por medios electrónicos incluida mi dirección de correo electrónica.

Una vez completado el registro, los participantes deberán acceder con su usuario y contraseña a la plataforma online donde se cargarán los Casos Clínicos. Para el envío de los casos será necesario completar una plantilla con la siguiente información: 

  • Título del caso  
  • Autor responsable (nombre y apellidos)    
  • Email   
  • Provincia   
  • Centro de trabajo  
  • Otros autores (nombre y apellidos)  
  • Resumen/Abstract  
  • Palabras clave  
  • Anamnesis e historia clínica   
    • Edad  
    • Género  
    • Subtipo de CCR   
    • Motivo de consulta  
    • Posible factor de riesgo  
    • Antecedentes personales y/o familiares  
    • Situaciones especiales  
    • Tipo de comorbilidades  
    • Número de comorbilidades   
    • Mencionar comorbilidades y tratamientos de éstas  
  • Exploración del paciente   
    • Exploración física  
    • Síntomas  
    • Complicaciones  
    • Hemograma  
    • Bioquímica  
    • Resultados de otros análisis de laboratorio y pruebas médicas 
  • Diagnóstico y evolución del paciente  
    • Diagnóstico del paciente  
    • Tratamiento para el cáncer renal  
    • Evolución y seguimiento  
    • Manejo de manifestaciones y complicaciones durante el tratamiento  
  • Discusión/Conclusiones   
  • Bibliografía 
  • Se añadirán 2 preguntas que hagan referencia al caso.  

Los casos se deben presentar en español.  

 

1.6. Plazos 

1.6.1. Plazos de presentación 

El plazo de admisión de los Casos Clínicos comenzará el día 02 de septiembre de 2024 y finalizará el día 20 de enero de 2025. 

El Concurso se celebrará siempre que en la fecha de cierre se haya recibido un mínimo de 20 Casos Clínicos. 

 

1.6.2. Plazos de resolución y Comunicación a los ganadores 

Los autores principales de los Casos Clínicos ganadores serán notificados por correo electrónico y la resolución se hará pública a través de la página web del Concurso https://www.renalcancerhub.com y del GRUPO GERMINAL https://www.grupogerminal.es no antes del día 27 de enero de 2025.  

No más tarde de la fecha indicada, siempre que no concurran supuestos ajenos que lo impidan, EDICIONES MAYO, como SECRETARÍA TÉCNICA, se pondrá en contacto con los ganadores a través de correo electrónico para formalizar la aceptación de los premios, así como la entrega de los mismos que realizará GRUPO GERMINAL. 

Sin perjuicio de lo establecido en la Base Novena, GRUPO GERMINAL se reserva el derecho de prorrogar el plazo de aceptación de Casos Clínicos con la finalidad de favorecer una mayor participación. La modificación de este plazo será debidamente comunicada en la página web del Concurso https://www.renalcancerhub.com, así como también el resto de fechas del calendario del Concurso, si con motivo de la prórroga GRUPO GERMINAL estableciera nuevas fechas para la emisión del veredicto del Comité Científico y la designación de ganadores.  

 

1.7. Criterios de evaluación 

Cada miembro del Comité Científico revisará los casos clínicos que se le haya asignado de forma equitativa y verificará que cumplen lo dispuesto en las bases del Concurso. A continuación, se realizará la valoración de cada caso clínico de forma independiente de acuerdo con los siguientes criterios:  

  • Originalidad (0-50 puntos) 
  • Complejidad (0-50 puntos) 
  • Calidad científica (0-50 puntos) 
  • Innovación (0-50 puntos) 
  • Impacto (0-50 puntos) 
  • Imágenes (0-50 puntos) 

La puntuación final de cada caso se obtendrá a partir de la suma de la puntuación de cada uno de los criterios. 

Cuando el Caso Clínico obtenga la aprobación final del Comité Científico y aparezca publicado en la web, el usuario que ha enviado el caso clínico recibirá en su perfil los puntos otorgados. Cada usuario visualizará únicamente sus puntos. 

 

1.8. Premios  

El ganador del primer premio será aquel que haya obtenido la mayor puntuación. Se adjudicará el segundo y el tercer premio, respectivamente, a aquellos participantes cuyas puntuaciones ocupen la segunda y tercera mejor posición del ranking de acuerdo con los criterios de evaluación del apartado 1.7 de las presentes Bases Reguladoras. 

La decisión será responsabilidad exclusiva del Comité Científico y, en ningún caso GRUPO GERMINAL ni IPSEN PHARMA ni EDICIONES MAYO tendrán influencia sobre la elección de los Casos Clínicos ganadores. 

En el caso de existir empate entre más de un caso, los cuatro miembros del Comité Científico seleccionarán el/los Caso/s Clínicos ganador/es en función de la calidad y la complejidad de los mismos. 

El Caso Clínico ganador recibirá un premio en metálico de 2.500€, mientras que el segundo y tercer caso clínico finalistas serán premiados con un premio en metálico de 1.500€ y 1.000€, respectivamente. Los importes indicados son importes netos.

Los concursantes solo podrán optar a un (1) premio.

La SECRETARÍA TÉCNICA se pondrá en contacto con los ganadores a través de la dirección de correo electrónico que se haya indicado en el formulario de registro, a partir de 27 de enero de 2025. Una vez recibida esta comunicación, el ganador dispone de un plazo de cinco (5) días naturales para responder y aportar: DNI, nombre completo y apellidos y confirmar su interés en recibir la dotación económica. Así mismo, deberán aportar Certificado de Titularidad de la cuenta bancaria donde desean que se realice el importe del premio.

Las dotaciones económicas serán gestionadas y entregadas por GRUPO GERMINAL. 

En el caso de que no fuera posible localizar por correo electrónico a alguno/s de los participantes en el plazo estipulado (5 días), o bien si alguno/s de los ganadores rechazasen la dotación económica expresamente, por cualquier causa, el ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA acudirán a los registros de reserva por orden de clasificación. 

Ni el ORGANIZADOR ni la SECRETARIA TÉCNICA ni el COLABORADOR tendrán más obligaciones en relación con los participantes con los que no hubiera sido posible contactar en los plazos aquí establecidos o con los ganadores que rechacen la dotación económica que les hubiera correspondido según lo previsto en las presentes Bases Reguladoras.

Tanto el ORGANIZADOR como la SECRETARÍA TÉCNICA como el COLABORADOR quedarán exentos de toda responsabilidad que pudiera derivarse de los posibles errores existentes en los datos facilitados por los participantes, en el caso de que no sea posible su identificación o localización. Es obligación de los participantes facilitar datos correctos, verdaderos y actualizados y en todo caso, mantenerlos actualizados durante toda la vigencia del Concurso.

 

2. Información fiscal 

Todos los impuestos que se puedan devengar con ocasión de la entrega de los premios del presente Concurso serán a cargo del GRUPO GERMINAL y en su caso GRUPO GERMINAL detraerá del importe de los premios las retenciones o ingresos a cuenta que esté obligado a ingresar a la Hacienda Pública.

De conformidad con la normativa aplicable, se informa a los participantes en el presente Concurso de que los premios en metálico concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, GRUPO GERMINAL practicará el correspondiente ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. 

Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

 

3. Uso del nombre y apellidos de los participantes   

Los participantes en el Concurso consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros para su publicación a través de los medios que el ORGANIZADOR estime más convenientes, incluidos medios de comunicación (radio, televisión, redes sociales propias del ORGANIZADOR, plataformas online corporativas del ORGANIZADOR, en foros, podcasts, entre otros), por el máximo periodo legalmente permitido, en cualquier lengua, para todo el universo y con facultad de cesión a terceros, sin ninguna otra remuneración o reconocimiento que el obtenido con el premio adjudicado, en relación con el Concurso. 

 

4. Datos personales de los participantes  

  1.  Los datos personales facilitados por los participantes son necesarios para:
    1. Poder tomar parte en el Concurso y permitir al ORGANIZADOR gestionar la participación que será el responsable del tratamiento para esta finalidad.
    2. En los supuestos que los participantes hayan activado la casilla otorgando su consentimiento para que sus datos fueran comunicados por el ORGANIZADOR al COLABORADOR, éste podrá remitir comunicaciones comerciales por medios electrónicos a los participantes que hayan dado su autorización. 
  2. En el caso de los ganadores:
    1. Poder proceder a la entrega de la dotación económica que corresponda y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.
    2. Proceder a transparentar las transferencias de valor a su favor cumpliendo con el Código de Farmaindustria. Para ello será necesario comunicar los datos de los ganadores al COLABORADOR, que será el responsable del tratamiento para esta finalidad.

En ambos supuestos, los datos personales serán tratados según la normativa vigente de aplicación, esto es, el Reglamento General de Protección de Datos (UE), 679/2016, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). El responsable del tratamiento es el ORGANIZADOR excepto para la finalidad mencionada anteriormente en el punto (ii) b) cuyo responsable del tratamiento será el COLABORADOR; por su parte,  la SECRETARÍA TÉCNICA es el encargado del tratamiento.

Los participantes tendrán acceso a toda la información referente al tratamiento de sus datos personales en el sitio web https://www.renalcancerhub.com , en el apartado política de privacidad. 

Los datos deberán ser facilitados por el participante de forma veraz. Cualquier comunicación falsa de datos personales dará derecho a los organizadores del presente Concurso a descalificar al ganador para participar y poder disponer de la correspondiente dotación económica. El ORGANIZADOR queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en la captura o trascripción de los datos facilitados por los propios participantes que impidiera su identificación. 

El ORGANIZADOR podrá solicitar a los ganadores su identificación mediante fotocopia de DNI, u otra documentación válida para verificar su identidad y su mayoría de edad. 

Los datos personales de los participantes, incluidas en su caso posibles imágenes, serán incorporados en los respectivos ficheros titularidad del ORGANIZADOR y serán gestionados con la finalidad de dirigir la participación en el Concurso y mantener los comunicados necesarios con los participantes, así como a los efectos de gestionar y desarrollar el Concurso. Asimismo, después de que el Concurso haya tenido lugar, los participantes podrán recibir agradecimientos por la participación e invitaciones a futuras convocatorias del Concurso. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito a GRUPO GERMINAL, con domicilio en Calle Velázquez nº7, 3ª planta, código postal 28001, Madrid o mediante un mensaje a la dirección de e-mail: secretaria@grupogerminal.es

Asimismo, tendrá derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control, esto es, la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, nº 6, 28001, Madrid. 

 

En cuanto al tratamiento de datos personales de IPSEN PHARMA, la información básica es:

Datos del responsable del Tratamiento: Ipsen Pharma SAU, Torre Realia, Pça. Europa, 41-43, 7ª planta, 08908 L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona), CIF A2000508

Delegado de protección de datos: dataprivacy@ipsen.com 

Fines del tratamiento

  1. remitir comunicaciones comerciales a las personas que hayan autorizado este tipo de envíos, siendo la base jurídica del tratamiento el consentimiento expreso otorgado por la persona interesada.
  2. publicar transferencias de valor a los que resulten ganadores del concurso, siendo la base jurídica para el tratamiento el interés de IPSEN PHARMA en cumplir con sus obligaciones de transparencia.

Destinatarios de los datos: proveedores y Farmaindustria y se van a publicar en la web de Ipsen España: https://www.ipsen.com/spain/ipsen-espana/#transparencia.

Es de acceso público. Adicionalmente, todas las publicaciones estarán disponibles a través de la página web corporativa internacional de Ipsen: https://www.ipsen.com/responsibility/governance/.

Plazo de publicación y conservación

  1. los datos para fines comerciales se tratarán mientras esté vigente el consentimiento; cuando decaiga el consentimiento en 1 año.
  2. las transferencias de valor serán de dominio público durante 3 años. La publicación de los datos se realizará en la página web de Ipsen España: https://www.ipsen.com/spain/ipsen-espana/#transparencia. y se almacenarán durante un mínimo de 5 años.

Ejercicio de derechos: el interesado tiene derecho al acceso a sus datos personales y su rectificación o supresión, a la limitación de su tratamiento, así como a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos a través de la siguiente dirección: dataprivacy@ipsen.com

Reclamación ante la AEPD: el interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la AEPD.

Puede consultar la política de privacidad de IPSEN PHARMA aquí: 

https://www.ipsen.com/spain/global-privacy-policy/

 

5. Derechos de propiedad intelectual  

La aceptación de estas Bases y la participación en la convocatoria del Concurso Renal Cancer Hub implica la aceptación de la cesión a favor del  ORGANIZADOR por parte del/la autor/a, y sin contraprestación alguna, a excepción del premio que en virtud de las presentes Bases le haya podido corresponder, de todos los derechos de fijación, reproducción, distribución, comunicación pública y al público, puesta a disposición del público y transformación, a cualquier lengua, incluida traducción, subtitulado, audiodescripcion y doblaje, con facultad de cesión a terceros y para todo el territorio del mundo y universo, del Caso Clínico para su posible explotación en cualquier formato, medio, soporte y/o modalidad de explotación, incluidos los soportes de papel y/o digital, explotación comercial y/o docente, así como para su comunicación pública por vía internet durante el máximo plazo de tiempo establecido en la ley. 

El autor principal es responsable de la originalidad de los textos e imágenes aportados al Concurso y exime al ORGANIZADOR, a la SECRETARÍA TÉCNICA y al COLABORADOR de las potenciales reclamaciones que en concepto de autoría y explotación patrimonial puedan realizarse sobre una parte o la totalidad del material aportado. El autor asegura que el material, tanto el escrito como el iconográfico, goza de las autorizaciones y consentimientos (incluso del paciente) correspondientes para el uso aquí previsto, así como para la cesión de los derechos de explotación que, con su incorporación al referido Concurso, otorga. 

 

6. Transparencia  

GRUPO GERMINAL informa a los participantes que el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica de Farmaindustria obliga a publicar de forma individual las transferencias de valor a profesionales sanitarios realizadas a partir del día 1 de enero de 2017. En conformidad con esta obligación, GRUPO GERMINAL deberá comunicar los datos personales de los ganadores a IPSEN PHARMA. 

La Agencia Española de Protección de Datos reconoce el interés legítimo por la transparencia y, por tanto, no será preciso el consentimiento de los interesados para realizar la publicación de los datos individuales, de acuerdo con el artículo 7.f) de la Directiva 95/46/CE; según su informe de fecha 22 de abril de 2016 (el cual se encuentra disponible en la página web de la AEPD).  En todo caso, GRUPO GERMINAL y EDICIIONES MAYO informarán a los participantes ganadores en virtud de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, de que sus datos se publicarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.2 del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica de Farmaindustria.

 

7. Reservas y limitaciones  

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en estas Bases supondrá la anulación automática de la participación en la presente convocatoria del Concurso. 

En cualquier caso, y sin limitar los derechos de los participantes, el ORGANIZADOR se reserva el derecho a realizar cualquier modificación de las presentes Bases.

El ORGANIZADOR se reserva el derecho de anular o suspender la convocatoria del Concurso si por causas técnicas o de cualquier otra índole ajena a su voluntad no pueden cumplir con el normal desarrollo de esta, según lo estipulado en las presentes Bases. 

Igualmente, se podrá declarar nula la convocatoria si se detectan irregularidades en los datos de los participantes o en los materiales que hagan llegar para concurrir. Se descartarán automáticamente las participaciones abusivas o fraudulentas. 

 

8. Entorno digital  

El participante declara que no realizará ninguna publicación en redes sociales sobre el Concurso ni su participación en él, salvo previa autorización por el ORGANIZADOR. Asimismo, aun habiéndose autorizado de forma previa, el participante asegura que no realizará ninguna Divulgación, según definida anteriormente que pueda constituir directa o indirectamente la promoción de medicamentos de prescripción al público en general. En este sentido, se considerará «Divulgación» cualquier comunicación realizada a través de redes sociales u otro canal medio o soporte de comunicación.

 

9. Desistimiento unilateral 

El Participante podrá abandonar el Concurso en cualquier momento, en cuyo caso perderá los derechos atribuidos en función de este y sin que ello dé derecho a remuneración o indemnización alguna, ni a recibir la dotación económica (en caso de ser considerado ganador).  

 

10. Cumplimiento normativo  

El Participante cumplirá y observará las leyes, reglamentos, normas, usos y disposiciones de cualquier autoridad gubernamental o de otra clase que tenga jurisdicción, así como aquellas otras leyes y normas que sean aplicables.  

El Participante se compromete:  

A abstenerse de dar o prometer dinero, comisiones o cualquier otro beneficio de carácter no dinerario (salvo si se trata de regalos de cortesía de escaso valor), a funcionarios públicos, terceras personas o empresas, representantes legales del ORGANIZADOR, directores, empleados o cualquiera que actúe en nombre del ORGANIZADOR.  

A comunicar, siempre y en cualquier caso a el ORGANIZADOR cualquier proposición u oferta de lo citado en el apartado (a).  

A abstenerse de llegar a acuerdos de manera independiente con administradores o empleados del ORGANIZADOR.  

 

11. Confidencialidad  

El Participante declara y acepta que tiene la consideración de confidencial («Información Confidencial») toda la información, documentación, métodos, organización y actividades relacionadas con el ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y el COLABORADOR o con sus negocios, que obtenga o le sea expuesta con ocasión de su participación en el Concurso. 

El Participante se compromete a no emplear la Información Confidencial a otros efectos distintos de los derivados de la participación, así como a no revelarla, entregarla o suministrarla, ya sea en todo o en parte, a terceros, salvo que medie la autorización previa y por escrito del ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y al COLABORADOR. 

En caso de finalización del Concurso, por cualquier causa, el Participante se compromete a hacer entrega de forma inmediata al ORGANIZADOR y a la SECRETARÍA TÉCNICA de toda la Información Confidencial que obre en su poder, sin que el Participante tenga derecho a conservar copia alguna de la mencionada Información Confidencial. 

A efectos de garantizar la confidencialidad, el Participante se obliga a: 

Garantizar que únicamente el Participante tendrá acceso a la Información Confidencial, o en su caso, sus colaboradores autorizados. Dichos colaboradores autorizados deberán ser informados por el Participante acerca de la índole confidencial de la Información derivada o relacionada con el Concurso, y de sus responsabilidades. 

No divulgar o explotar, sea cual fuere la modalidad, la Información Confidencial suministrada por el ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA y los resultados o relaciones derivados de la misma. 

No elaborar copias o duplicados de la Información Confidencial. 

El Participante no podrá utilizar la Información Confidencial ni ningún resultado de esta de ninguna forma, lo que incluye, entre otras, el publicitarse en sus catálogos, páginas web, simposios o cualquier otro soporte de comunicación, salvo que tenga el previo consentimiento por escrito del ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y del COLABORADOR. 

No quedan comprendidas dentro de la obligación de confidencialidad aquí prevista la información recibida que: (i) ya sea conocida antes de su transmisión y se pueda justificar la legítima posesión de la información y esta no sea sensible para el negocio del ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y del COLABORADOR; (ii) sea información de general o público conocimiento; (iii) haya sido recibida de terceros legítimos titulares de la misma, sin que recaiga sobre ella obligación de confidencialidad; (iv) haya sido desarrollada sin haber utilizado total o parcialmente información del ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y del COLABORADOR y pueda ello ser demostrado documental y plenamente; (v) haya sido su transmisión a terceros aprobada previamente, por escrito y sin restricciones por el ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA y por el COLABORADOR; y/o (vi) haya sido solicitada por una autoridad administrativa o judicial. 

La obligación de mantener confidencial la referida Información se mantendrá vigente e invariable, aún tras la finalización de este, por plazo indefinido. 

 

12. Responsabilidad

Correrán a cargo del Participante todas las responsabilidades de cualquier índole, por cualesquiera daños directos, indirectos o incidentales que, como consecuencia de omisiones o defectos o incumplimientos relacionados con la participación en el Concurso, puedan ocasionarse al ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y al COLABORADOR.

Las eventuales infracciones y sanciones que puedan derivarse del incumplimiento por el Participante de lo establecido en este documento serán asumidas íntegramente por el Participante, sin que pueda resultar exigible al ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y al COLABORADOR responsabilidad alguna, de carácter solidario o subsidiario. 

El incumplimiento de cualquier obligación por parte del Participante dará lugar a su eliminación del Concurso y sin que ello confiera derecho a indemnización alguna a su favor.

El ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA se reservan el derecho de excluir del Concurso a aquellos participantes que sospechen razonablemente o detecten que hayan proporcionado datos fraudulentos. A estos efectos, el ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA podrán solicitar a todos los participantes, y, en especial, a los participantes del Equipo Ganador, la información y documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de las Bases del Concurso. La falta de entrega de la información o documentación solicitada conllevará la eliminación inmediata del Participante del Concurso. 

Asimismo, el ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA se reservan el derecho a denegar la participación o a expulsar a un Participante del Concurso, en aquellos supuestos en los que, en su opinión razonable, un Participante infrinja algún punto de las presentes Bases. El ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y el COLABORADOR quedarán eximidos de toda obligación o compensación a los participantes si por causa de fuerza mayor, por imperativo legal, o por cualquier otra causa no imputable al ORGANIZADOR, a la SECRETARÍA TÉCNICA y al COLABORADOR, el Concurso fuera suspendido o anulado, total, o bien parcialmente. En todo caso, cualquier suspensión o anulación sería debidamente comunicada a los participantes del Concurso. 

Ni el ORGANIZADOR ni la SECRETARÍA TÉCNICA ni el COLABORADOR se responsabilizan del extravío de la información relativa a los participantes por causas ajenas a al ORGANIZADOR y/o a la SECRETARÍA TÉCNICA (por ejemplo, un problema de conexión a Internet por parte del Participante, un fallo temporal por cualquier razón en los servidores de Internet, etc.) o de la ilegibilidad o imposibilidad de tratamiento de tales datos (por ejemplo, debido al uso de equipo / hardware o programas no adecuados para la realización del registro o la inscripción, etc.).

No se puede reclamar el derecho de poder acceder en todo momento a la web https://www.renalcancerhub.com . El ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA disponen del derecho de suspender dicho servicio en todo momento sin verse obligados a indicar las causas. El ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA no garantizan el acceso permanente a dicha web. 

El ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y el COLABORADOR no se harán responsables de ningún incidente o percance que pudiera sucederles a los participantes ni de las consecuencias de éstos, y en general no se harán responsables de ningún incidente que pudiera acontecer durante el disfrute del Premio cualquiera que sea su naturaleza. 

 

13. Cesión de la participación y de las obligaciones y derechos asociados  

El Participante no podrá ceder, ni total ni parcialmente, bajo ningún título jurídico, su derecho a la participación en el Concurso, ni ninguno de los derechos y obligaciones derivados, salvo acuerdo expreso y escrito adoptado por en tal sentido por el ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA y el Participante.  

 

14. Separatibilidad  

En el caso de que cualquier apartado de las Bases Reguladoras fuera declarado como inválido o ilegal, dicho apartado de las Bases Reguladoras deberá considerarse como separado e independiente de las restantes, considerándose las mismas válidas y legales.  

 

15. Reclamaciones  

Cualquier reclamación relacionada con las presentes Bases Reguladoras debe enviarse por escrito a la siguiente dirección: c/ Aribau, 185-187, 2ª planta, 08021 Barcelona (esto es, a la SECRETARÍA TÉCNICA) o mediante la dirección de correo electrónico: secretaria@renalcancerhub.com, dentro del plazo de los 30 días siguientes a la fecha límite de participación en el Concurso, como se indica en estas Bases. Transcurrido dicho plazo, el ORGANIZADOR no atenderá ninguna reclamación.  

 

16. Garantías de independencia  

Mediante la aceptación de las presentes Bases, los participantes afirman que participan en el Concurso de forma voluntaria y que el ORGANIZADOR y/o la SECRETARÍA TÉCNICA no han influido de ninguna forma en su independencia como Profesional Sanitario. 

Por su parte, el COLABORADOR no influirá en la evaluación de los Casos Clínico ni en la selección de los ganadores. El COLABORADOR revisará todos los casos que vayan a compartirse con la comunidad científica a través de cualquier medio, pero dicha revisión se ceñirá exclusivamente a garantizar el cumplimiento de la normativa vigente, los requerimientos de farmacovigilancia y que los tratamientos incluidos se encuentren dentro de ficha técnica y no incluyan marcas comerciales.

 

17. Aceptación de las bases, publicación y depósito notarial  

La aceptación de estas Bases Reguladoras es una condición necesaria para la participación en el concurso Renal Cancer Hub. Asimismo, la presentación de un Caso Clínico supone la aceptación de estas Bases Reguladoras.  

Las presentes Bases Reguladoras son depositadas ante los Notarios D. Juan Antonio Andújar Hurtados y D. Emilio Roselló Carrión, del Ilustre Colegio de Notarios de Catalunya, dependiendo de la disponibilidad del fedatario público. Las Bases podrán ser consultadas previa solicitud en caso de controversias.  

 

18. Bibliografía 

 

19. Fuero y legislación  

Las Bases del presente Concurso se rigen por las Leyes Españolas. 

El ORGANIZADOR, la SECRETARÍA TÉCNICA, el COLABORADOR y los participantes en este Concurso, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder, se someten a los juzgados y tribunales de Barcelona. 

 

En Barcelona, 09 de septiembre de 2024.